Por Viviana Taylor
Cuando la presidenta Cristina Fernández de Kirchner
anunció que el 3 de septiembre de 2014 enviaría al Congreso un proyecto para declarar
obligatoria la sala de 4 años y universalizar la de 3, extendiendo a 14 los
años de escolaridad obligatoria en Argentina, destacó que “no hay sociedad
democrática y libre sin educación” con acceso igualitario para todos los
chicos.
En el acto, el ministro de Educación Alberto Sileoni,
explicó que “los cinco primeros años de vida son fundamentales para el
desarrollo infantil: estudios nacionales e internacionales nos demuestran que
el estímulo y la atención que reciben los chicos en esta etapa influyen
notablemente en el éxito de la trayectoria escolar.”
Para nosotros, los docentes que transitamos diariamente
las escuelas y desarrollamos nuestra tarea con los niños, quizás lo más
importante es advertir que estamos frente a algo más que las simples (y por
supuesto que aun así no serían “simples”) extensión de la escolaridad obligatoria
y garantización de nuevas posibilidades educativas. Estamos frente a un nuevo
paradigma: a partir de estas concepciones, el jardín de infantes efectivamente
deja de ser considerado como una institución “pre-escolar” para consolidarse
como una escuela de nivel inicial, con objetivos educativos propios y una
propuesta de formación integral que favorece el desarrollo cognitivo, afectivo,
lúdico, corporal y social.
Como reflexionó Sileoni, la escolarización temprana “representa
el primer ingreso de los niños y sus familias en la esfera de lo público”. Y no
es menor el hecho de que al garantizarlo, las instituciones de nivel inicial colaboran
con la incorporación o el reingreso de las mujeres en el mercado laboral o a su
propia escolarización, o continuación de sus estudios y formación.
Esta norma (Ley 27.045, sancionada en el Senada el 3 de
diciembre de 2014) reglamenta la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 del año 2005 con dos
modificaciones;
La primera, modifica el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional y establece que “la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la
edad de 4 años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria”.
La otra, modifica los artículos 18 y 19 de la ley, al fijar
que “la educación inicial constituye una unidad pedagógica y comprende a los
niños de 45 días hasta los cinco años de edad inclusive, siendo obligatorios los
dos últimos años” y que la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires “tienen la obligación de universalizar los servicios educativos
para niños de tres años de edad y priorizar la atención educativa de sectores
menos favorecidos”. Asimismo, propulsa que “el ministerio de Educación nacional
y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento a
través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos,
que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales”.
Es fácil inferir que la entrada de vigencia de esta norma
implica un esfuerzo específico del Estado orientado hacia los sectores sociales
más desfavorecidos, y una atención específica a la realidad más concreta de las
madres que llevan adelante sus hogares solas y necesitan la tranquilidad de
saber que mientras trabajan, estudian o se capacitan laboralmente, sus chicos
están en el mejor lugar en el que pueden estar: la escuela.
Algunos números, que expresan realidades de proceso de cambio
La universalización de la escuela primaria, que estableció
en 1884 la Ley 1.420, tardó 70 años en hacerse realidad. No fue una tarea
rápida ni sencilla, pero la ley obligó al Estado a realizar el esfuerzo de
garantizarla, que fue acompañado por toda la sociedad.
Durante la última década, como resultado de un conjunto de
políticas activas que el Estado Nacional llevó adelante para promoverlo y
extenderlo, el nivel inicial experimentó una significativa expansión de la
matrícula:
Como se constata a través de los datos encuadrados, ese
incremento significativo de matrícula fue sostenido, acompañado y promovido por una fuerte
inversión por parte del Gobierno Nacional en infraestructura y recursos materiales. Además de la construcción
de salas y jardines, distribuyó 52.227 colecciones literarias para
bibliotecas del nivel y 66.800 colecciones de aula, por un monto de
$123.700.000, y entregó 32.640 juegotecas por un valor de $133.000.000.
Por otra parte, el Plan Nacional de Educación Obligatoria
y Formación Docente 2012-2016, aprobado por unanimidad por el Consejo Federal
de Educación, establece entre las metas para el Segundo Bicentenario de la
Patria la puesta en funcionamiento de 750 jardines maternales completamente
equipados, y la construcción de 3.000 nuevas salas en todo el territorio nacional,
que recibirán a 160.000 niños y niñas, con una inversión de $2.500 millones.
La OMEP (Organización Mundial para la Educación Preescolar) y su
apoyo a la ley de obligatoriedad de la sala de 4 años y universalización de la
de 3
Ya desde su propuesta por parte del Gobierno Nacional, la
Ley que declaró obligatoria la sala para niños de 4 años y la universalización
de la sala de 3, fue considerada por la OMEP “un importante avance en la
efectivización de los derechos de los niños de la primera infancia, impulsando
la gestión de políticas educativas cada vez más inclusivas y democráticas”.
La organización declaró que la acción y la responsabilidad
del Estado en la protección de derechos es insustituible, y que con esta Ley
podrá asumir más efectivamente su rol como “promotor, garante y regulador de
las políticas públicas para la concreción de los derechos de la infancia”.
(Manifiesto de la OMEP por el derecho a la educación integral y al juego, 2012)
Asimismo, sostuvo que “la obligatoriedad es fundamental
porque genera exigibilidad de los derechos”, es decir, que obliga a los Estados
a utilizar todos los medios de que dispongan para hacerlos efectivos. Así, la
obligatoriedad exige, por parte del poder público, las actuaciones necesarias
para garantizar el goce pleno y efectivo del derecho a la educación de los
niños y niñas y, por ende, asegurar los presupuestos, espacios, cargos
docentes, supervisión, normas y marcos curriculares, que sean necesarios.
Y calificó que la Ley es “(se trata de) un acto de
justicia: de proteger el derecho a la educación de los niños pequeños,
ampliando el acceso a oportunidades y experiencias educativas. Y estas deben
ser valiosas y desarrolladas en contextos adecuados y enriquecidos, porque no
es posible gozar del derecho a la educación, si no se ofrecen propuestas de
buena enseñanza.”
La OMEP Argentina y la Vicepresidencia Regional para América
Latina de la OMEP celebran y apoyan esta
ley, que consideran que alienta a seguir luchando por el derecho a una
educación integral de todos los niños y niñas de nuestro país y de nuestra
región.
Sintetizando, creo que cabe concluir que la extensión de
la obligatoriedad escolar desde los 4 años y la universalización de las salas
de 3 ayudan a consolidar la identidad del Nivel Inicial, así como una
perspectiva integral en el abordaje de los derechos de los niños y las niñas,
dado que la educación es un derecho fundamental, que posibilita el acceso a
otros derechos humanos: sean culturales, sociales, económicos, civiles o
políticos.
Y esta ley trabaja en pos de su garantía porque:
·
Repara brechas de desigualdad en el acceso a educación
inicial, correlacinadas con las condiciones socio-económicas de las familias,
ya que los niños y las niñas más pobres son quienes tienen menos oportunidades
de acceso a la educación infantil.
·
Reconoce los aportes de los trabajos de los especialistas
en educación y desarrollo infantil, que destacan la importancia de la educación
inicial para asegurar la formación integral de los niños y su central
incidencia para el logro de futuros aprendizajes, teniendo en cuenta que esta
influencia es más significativa cuantos más años de educación infantil se hayan
transitado.
·
Responde a la larga lucha de los educadores argentinos,
que hemos venido peleando desde múltiples espacios (gremiales y sindicales,
académicos, la formación docente, a través de publicaciones especializadas y
los medios, y desde las mismas escuelas) por la efectivización y ampliación de
los derechos de la infancia.
Viviana Taylor